Terriblemente se incrementa la delincuencia en ciudades y caminos. Los delincuentes, personalmente y/o en bandas, “crean” nuevas y espantosas modalidades para afectar a sus víctimas. Los delitos no sólo los cometen delincuentes que “domicilian” en poblaciones sino hasta políticos “electos” o nombrados y/o designados en los Poderes Ejecutivo y Legislativo e incluso – como ya es público – magistrados del Poder Judicial. Los autores de delitos operan en todas partes. Simultáneamente es ineficiente y/o exigua la falta de seguridad para las personas naturales (varones, mujeres y hasta ancianos y niños) o jurídicas, de derecho privado o público. Nadie está seguro de día o noche en lugares públicos, establecimientos, transportes, en sus viviendas. Los delincuentes se “apoderan” de bienes y dinero de los agraviados y hasta los lesionan o asesinan públicamente. Los informativos periodísticos escritos, radiales y televisivos diariamente informan de actos delictivos y muestran fotografías y videos. La población no tiene seguridad a pesar que lo exigen.
Es público, la Policía Nacional captura diariamente a muchísimos autores de delitos y los exhibe e informa que los pone a disposición legal del Fiscal (Ministerio Público), también informa que muchos delincuentes que ya fueron “entregados” al Ministerio Público, los han vuelto a detener por nuevos delitos. La pregunta: ¿Por qué el Fiscal o juez penal competentes, les dieron libertad si fueron detenidos por la Policía por ser autores de delitos? ¿Qué ocurre con los magistrados encargados de investigarlos y de procesarlos penalmente? ¿Qué falla? ¿Los Códigos Penal o Procesal Penal han devenido en obsoletos o es la insolvencia de los magistrados?
La delincuencia ha crecido desmesuradamente: es un gran problema nacional. Es deber y obligación del Estado: defender a la persona humana y la sociedad, dar seguridad permanente a las personas, garantizando sus vidas, integridad física, propiedad de inmuebles y muebles, en calles, viviendas, vehículos de transporte, centros públicos, de trabajo y comerciales, las 24 horas del día. ¡No es un “privilegio”, es su derecho! Corresponde a los tres Poderes del Estado, dentro sus obligaciones y facultades, adoptar las medidas para garantizar a plenitud la seguridad pública.
Los delincuentes detenidos por delitos deben ser investigados por el Ministerio Público y procesados penalmente en el Poder Judicial. El que se “confiera” libertad bajo cualquier “justificación legal” es sólo una parte del problema, hay otros que se requieren resolver para combatir pronta y legalmente a los delincuentes: 1.- La asombrosa lentitud como se procesan las acciones penales pues generalmente no se cumplen los plazos procesales; una acción penal generalmente dura años “recorriendo” las instancias (desde el Juez hasta las Cortes Superior y Suprema). 2.- Nuestros Códigos Penal (promulgado el 03/04/1991.- D.L.635) y el Procesal Penal (vigente desde el 01/07/2006 en el Distrito Judicial de Huaura, dispuesto por la Ley N° 28671). 3.- A los delincuentes detenidos y/o condenados se les “brinda” gratuitamente “casa”, alimentación y salud sufragados por el Estado, con los impuestos que pagan los peruanos y adicionalmente la justicia no les obliga a devolver los bienes y dinero de sus agraviados ni menos a que paguen la reparación civil. Hay más, nuestras cárceles, real y efectivamente no son centros de trabajo para producir mercadería destinada a mercados. Es decir, a los delincuentes encarcelados no se les obliga a trabajar para sufragar su manutención.
Es urgente que los Poderes Legislativo y Ejecutivo, obrando sin dilaciones, tramiten la aprobación y promulgación urgente de nuevos Códigos Penal y Procesal Penal aplicando penas severas para todos los delitos y procesamiento inmediato (sin “demoras”) de las investigaciones fiscales y las acciones penales a cargo de los jueces penales (de todos los niveles), bajo responsabilidad administrativa y legal.
El Estado, como urgente necesidad pública, debe edificar nuevos centros de reclusión que a la vez sean centros de trabajo (fábricas) donde obligatoriamente laboren los detenidos y/o condenados en proceso judicial, para que perciban remuneraciones para sufragar su sostenimiento personal y/o familiar. Dichos establecimientos de producción pueden ser alquilados a entidades privadas para que produzcan mercaderías de su negocio.
El Estado debe dar seguridad permanente a las personas, garantizándoles sus vidas, integridad física y sus bienes, en calles, viviendas, transporte, centros públicos, de trabajo y comerciales. ¡No es un privilegio!
José Roberto Rendón Vásquez.
Más de 40 años desempeñándose como profesor de derecho laboral de la Universidad de San Marcos, fue segundo vicepresidente de la Comisión Reorganizadora de la Universidad de San Marco de 1995 al 2000. Tiene el grado de doctor en derecho por la Universidad de San Marcos, además se ha desempeñado como vocal en la Corte Superior de Lima y fue asesor del directorio de Shougan Hierro-Perú, además ha seguido cursos de especialización en la Universidad Carolina de Praga (República Checa)
