Las autoridades de los Poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial y del Ministerio Público, cada uno con sus respetivas legales obligaciones y deberes, deben de inmediato solucionar la seguridad ciudadana. En los últimos años la delincuencia se ha incrementado terriblemente.
Tomando nota de informativos periodísticos, se acredita que cada vez se incrementa la delincuencia. Solamente en “los primeros nueve meses del 2024, la Policía Nacional ha desarticulado 9,336 bandas criminales, ha capturado 51.344 requisitoriados, ha incautado 5.337 armas de fuego. Estas son cantidades que superan las de todo el 2023 en que se desarticulo 8,221 organizaciones criminales y se capturó a 48.605 delincuentes y se incautó 4.831 armas de fuego” Se conoce que la PNP a septiembre del 2024 ha realizado 797.605 operativos y el año pasado 819.031. (SIC). Existe además otros delitos que deben considerarse como el tráfico de personas, tráfico de drogas, minería ilegal, contrabando y a los reducidores. Esto refleja el grave peligro de toda la población nacional.
Hace poco tiempo se legisló determinando que la PNP vuelva a efectuar las investigaciones de delitos. Ante ello magistrados fiscales no aceptan que la PNP las efectué. Por otro lado, se ha debatido en el Congreso aprobar la disposición legal para sancionar a los magistrados fiscales y/o jueces que liberen a los detenidos que la Policía detuvo por haber cometido delitos. Se ha conocido que los magistrados del Poder Judicial se oponen a que se les establezca esa responsabilidad administrativa y penal.
Como ya hemos opinado, es en la PNP, desde que se forma un profesional policial, están preparados para el proceso sistemático de búsqueda, evaluación y análisis de información, cuya finalidad es producir conocimiento útil para la toma de decisiones. Por ende, la PNP es la institución gubernamental dedicada a recopilar, analizar y explotar información relativo a toda actividad delincuencial. Su motivo es salvaguardar la seguridad de todas las personas. Es necesario referirse que los abogados – que ahora son magistrados fiscales y/o jueces – en sus estudios en Facultades de Derecho, no están formados para efectuar servicios de inteligencia.
El artículo 166° de la Constitución establece que “la Policía Nacional … Previene, investiga y combate la delincuencia …”, el artículo 163° que el Ministerio Público “Conduce desde el inicio la investigación del delito. Con tal propósito la Policía Nacional está obligada a los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función”. Esta última norma no dice que el Ministerio Público “Previene, investiga y combate”, pues esta es función de la PNP según la “conducción” que realice el Ministerio Público. Por ende, debe entenderse que ambas entidades deben trabajar coordinadamente en el combate a la delincuencia. Y, como está expuesto, son los policías los que están formados profesionalmente para realizar acciones de prevención, investigación y combate a la delincuencia. Conclusión, es la PNP la que debe efectuar permanentemente la labor de inteligencia contra la criminalidad.
Los estudios sobre los servicios de inteligencia sobre la de delincuencia deben respaldarse asignándoseles los presupuestos necesarios (debidamente aprobados anualmente en el Congreso) para incrementar el número de personal especializado y su debida capacitación. Es necesario conocer lo que proyectan las delincuencias, donde y como se organizan y donde van a realizar los “delitos de su especialidad”. También debe aumentarse en número de policías para que asignados a las Comisarias, se dediquen a garantizar la seguridad ciudadana y enfrentar y detener a los delincuentes que realizan “sus” delitos.
Como los Serenazgos de Municipalidades tienen también por función participar en acciones de vigilancia, protección y seguridad de la ciudadanía y colaboran con la PNP, las autoridades deben considerar establecer centros de capacitación para su personal. Podría en cada Región (Departamento) establecerse centros de capacitación al personal de serenazgo de todos los Municipios de la provincia, tarea que debe hacerse en colaboración de la PNP.
Una cuestión importante es que todos los vecinos de un barrio, urbanización o distrito, en coordinación con las Comisarias y/o Puestos policiales de sus zonas y también con sus Municipios, se organicen libre, voluntariamente y disciplinadamente no solo para ayudar a las víctimas de los delincuentes sino para estar prevenidos de los malhechores y contribuir a su detención.
José Roberto Rendón Vásquez. Más de 40 años desempeñándose como profesor de derecho laboral de la Universidad de San Marcos, fue segundo vicepresidente de la Comisión Reorganizadora de la Universidad de San Marco de 1995 al 2000. Tiene el grado de doctor en derecho por la Universidad de San Marcos, además se ha desempeñado como vocal en la Corte Superior de Lima y fue asesor del directorio de Shougan Hierro-Perú, además ha seguido cursos de especialización en la Universidad Carolina de Praga (República Checa).
