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¡¡¡Qué minería no queremos!!!

La respuesta es  muy simple, la que destroza el ambiente y enferma a las plantas, animales así como a los seres humanos. ¿Cuál puede ser? La respuesta también es sencilla: la minería ilegal. Peró ¿cual es la minería ilegal? Fundamentalmente es aquella desarrollada con métodos, equipos y sustancias prohibidas y tóxicas pero además llevada a cabo en lugares prohibidos. Ahora bien, ¿cuáles son los lugares prohibidos? Las llamadas Areas Naturales Protegidas de Uso Indirecto (art. 6, Ley 26834) donde no es posible la extracción de recursos naturales y que en esencia son tres; Parques Nacionales, Santuarios Nacionales y Santuarios Históricos así como sus respectivas zonas de amortiguamiento. ¿A qué se debe esta categorización? Esencialmente a las características de tales zonas que pueden incluir aguas, tierras, plantas, vegetación, aire y cualesquiera otra condición natural cuyo cambio o alteración malogre la zona sea en forma temporal o definitiva.

Y eso, desgraciadamente lo estamos viendo en muchas regiones y departamentos del Perú, como por ejemplo Madre de Dios y Puno, donde la extracción mineral aurífera visiblemente no solo malogra sino desertifica la zona, convirtiéndola en un verdadero desastre ecológico, fácilmente apreciable desde el aire, donde nada ni nadie crece y solo queda una tierra arrasada en la que ninguna persona ni ser viviente,  puede subsistir. El oro es un metal precioso que constituye una de las más importantes exportaciones primarias del Perú ¿pero cabe preguntarnos ¿qué beneficio le trae al Perú  si es explotado en esas condiciones?

Los sueldos y las condiciones laborales en la minería ilegal aurífera no solo son paupérrimas sino insalubres e inseguras, el tráfico y la trata de personas adultas y menores prevalece, ni el Estado peruano ni las regiones perciben un céntimo de esa ilegal explotación en tributos, tasas y cualquier otro tipo de contribución  económica en soles, dólares, euros u otra moneda de circulación internacional. El oro explotado en esas regiones y en tales condiciones se escapa por las débiles fronteras del Perú con Bolivia y Brasil.  Nuestra patria en síntesis, se ha convertido en el convidado de piedra de semejante explotación ilegal aurifera.

¿Pues bien, qué podemos hacer?  Ahora que en el Congreso se están discutiendo importantes cambios legales relativos a la minería ilegal e informal así como de la pequeña minería y de la minería artesanal, es imperativo incluir disposiciones que refuercen las facultades de inspección de las autoridades mineras nacionales y regionales e incluso hasta municipales. Facultades que deben dejar de ser teóricas para transformarse en  instrumentos  efectivos que pongan fin a este malhadado estado de cosas. Debemos pasar de la denuncia y de la protesta a la acción inspectiva y correctiva  en todo orden de cosas, desde la salvaguarda del ambiente, las condiciones laborales, la clausura de operaciones y las denuncias penales a quienes infrinjan  la ley en todos sus múltiples aspectos, incluyendo por cierto la comisión de delitos ambientales y en general respecto de quienes llevados por su insaciable codicia destruyan a la madre naturaleza y dañen irreversiblemente al ser humano. A mis amables lectores solo me queda decirles, ¡¡¡Accción, acción ahora en las líneas señaladas¡¡¡

Martín Belaunde Moreyra. 
Bachiller en Derecho y Abogado por la PUCP y Magíster en Derecho Civil y Comercial por la USMP. Abogado en ejercicio especializado en Derecho Minero e Hidrocarburos. Autor del libro “Derecho Minero y Concesión”. Ha sido Vice Decano, y Decano del Colegio de Abogados de Lima, y Presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú y en el ámbito público: Embajador del Perú en Argentina y Congresista de la República del Perú en el período 2011-2016.

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