Mucho se ha hablado de la condición del feto anencefálico como una posibilidad abierta al equívocamente designado aborto terapéutico. Por anencefálico se entiende literalmente, un sujeto sin cerebro. Pero, ¿cómo puede existir un sujeto sin cerebro?
Realmente, los sujetos sin cerebro no existen. Por alguna causa, por lo general, desconocida, algunos fetos se forman con una porción mínima de cráneo, de cerebro y un tallo encefálico completamente debilitado. Se presume que esto ocurre en las primeras fases del desarrollo embrionario cuando va apareciendo el tubo neural que se empieza a formar a partir del día treinta y seis de ocurrida la concepción. Pero las coordenadas que indicarán su desarrollo empiezan a aparecer desde la fecundación, cuando el óvulo es fertilizado in utero por el espermatozoide.
No se trata entonces de un feto sin cerebro, sino de un sujeto que nace con una porción mínima de éste. A esta condición se le atribuyen causas congénitas, no necesariamente genéticas. ¿Esto nos obliga a replantear el concepto de persona? Veamos. Los anencefálicos tienen muy poca esperanza de vida fuera del útero. Algunos viven días y otros semanas pero siempre fallecen. Un anencefálico nunca se parece a otro, por lo tanto, hay que tratar cada caso, individualmente. Al nacer con solo una porción de cerebro y un tronco encéfalo debilitado, la esperanza de vida es casi nula. Boecio dijo al respecto sobre la persona: sustancia individual de naturaleza racional. Al anencefálico no le podemos negar la naturaleza racional porque la tiene, pero disminuída; del mismo modo que la tiene el embrión en sus inicios al desarrollar las coordenadas donde va a aparecer ulteriormente el tubo neural. El tubo neural y posteriormente, el cerebro, va indicar la naturaleza racional del ser humano aunque esta aún no ejerza porque todavía está incompletae. Tomás de Aquino dice al respecto de la persona: Persona, cualquiera sea su naturaleza, significa, esta carne, estos huesos y esta alma que son los principios que individual al hombre. Cualquiera sea su naturaleza nos remite a cualquiera sea su condición biológica. Entonces, un individuo en estado vegetativo persistente en coma dos o tres, sigue siendo persona, aunque la facultad racional y la vida de relación se encuentren suspendidas.
Lo mismo sucede con el feto anencefálico, tiene desde sus orígenes, una facultad racional suspendida a futuro, con poca esperanza de vida fuera del vientre materno.
¿Cómo tendríamos que denominar entonces a esta condición? Si la muerte cerebral se comprueba con el cese irreversible de las funciones del tallo encefálico o tronco cerebral, tenemos que reconocer que el anencefálico lo tiene. El cese definitivo de las actividades del tronco cerebral va a ocurrir días o semanas después de su nacimiento, puesto que este tronco veine desde un inicio muy débil.
Con esta figura, sí se puede considerar al feto anencefálico como persona. Pero, ¿qué tipo de persona? Los grandes problemas en los más importantes debates bioéticos, ocurren por falta de terminología. A esta figura se le podría denominar persona en estado terminal. ¿Procederá el aborto entonces? Recordemos que en el equívocamente designado aborto terapéutico, la muerte del feto nunca es terapia para la madre (excepto en el embarazo ectópico que se anida en la trompa de Falopio, y por el principio del doble efecto, el embrión se pierde en medio de los tejidos orgánicos adyacentes que hay que extraer). Todo lo contrario. Una ley de este tipo podría traer por un resbalozo declive, el hecho de considerar anencefálicos a fetos que vienen con otras discapacidades, e incluso a los niños con síndrome de Down. Recordemos lo que pasó en la Alemania Nazi, en la que incluso se extendió el exterminio a grupos étnicos. Una ley de aborto de este tipo no ayudaría a resolver el dilema, pudiéndo crear incluso, otros. Si una madre que gesta a un anencefálico decide interrumpir el embarazo, esto debe quedar en la esfera íntima de sus decisiones, pero de ninguna manera debe trascender al terreno social y mucho menos, legal. La razón es muy sencilla, los anencéfalicos son personas. Personas que se desarrollan en estado terminal porque su posibilidad de vida es corta. Tenemos que tener en cuenta que en todo momento estamos tratando con personas, aunque nos encontremos con el órgano de la racionalidad incompleto. Pero esa sustancia individual de naturaleza racional existe, y más tomando en cuenta las palabras del Aquinate: cualquiera sea su naturaleza. El concepto de persona es eminentemente filosófico, nunca médico y menos biológico.
Un embarazo de este tipo ha de ser duro para la madre gestante, a quién se le debe informar la verdad antes de la toma de cualquier decisión. También es duro conocer la verdad después de ocurrida la interrupción del embarazo. Hay madres gestantes que han decidido ir hasta el final y luego han procedido a dar cristiana sepultura al niño una vez que ocurre la muerte.
Las decisiones deben tomarse con conocimiento y no imponer las cosas, simplemente informar a fin de que las personas que deciden sobre otras personas y más aún tratándose de seres humanos vulnerables, lo hagan en concordancia con sus creencias y valores.
Miryam Patricia Falla Guirao
Licenciada en Filosofía por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Doctora en Filosofía por la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA). Exbecaria de Investigación del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) de la República Argentina en el área de Ética y Bioética. Docente Universitaria en pre y post-grado. Conferencista en universidades, colegios profesionales e instituciones jurídicas y de salud.
