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Censura sin freno y disolución con candado

¿Fortalecimiento del Congreso o debilitamiento del Ejecutivo?

La entrada en vigencia de la bicameralidad en el Perú y la modificación de los artículos 132 y 134 de la Constitución han redefinido el equilibrio entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. La reforma constitucional de 2026 buscó superar los constantes enfrentamientos políticos que caracterizaron el periodo 2016–2022, cuando la censura de ministros, las cuestiones de confianza y la disolución del Congreso fueron utilizadas como instrumentos de confrontación. Sin embargo, el nuevo diseño institucional plantea un debate: ¿se fortaleció la democracia o simplemente se trasladó el desequilibrio hacia el Congreso?

Desde el punto de vista formal, la reforma establece reglas más precisas. La Cámara de Diputados puede interpelar a un ministro con el respaldo de 33 firmas y censurarlo con el voto favorable de 66 diputados. Si se trata del presidente del Consejo de Ministros, todo el gabinete debe renunciar. No obstante, la principal innovación es que la censura ya no puede ser utilizada como fundamento para la disolución del Congreso. En consecuencia, la Cámara de Diputados adquiere una facultad de control político mucho más amplia sin enfrentar el riesgo de ser disuelta por el presidente.

En contraste, el Ejecutivo pierde una herramienta que históricamente servía como mecanismo de equilibrio frente a una mayoría parlamentaria adversa. La disolución solo procede después del rechazo de dos cuestiones de confianza vinculadas exclusivamente a proyectos de ley relacionados con la política general del Gobierno. La confianza deja de ser un instrumento político para defender ministros y se convierte en un mecanismo estrictamente legislativo.

En el análisis de fondo, esta reforma fortalece el control parlamentario, pero también incrementa la vulnerabilidad del Ejecutivo. La posibilidad de censurar sucesivamente a distintos ministros, sin límites constitucionales y sin consecuencias para el Congreso, puede generar una alta rotación en el gabinete ministerial, afectando la continuidad de las políticas públicas y debilitando la gestión del Estado. La estabilidad institucional no depende únicamente de reglas jurídicas, sino también de la responsabilidad política de quienes las aplican.

Es cierto que la reforma reduce el riesgo de cierres intempestivos del Congreso, una práctica que marcó profundamente la crisis política reciente. Sin embargo, también limita considerablemente la capacidad del presidente para responder frente a un eventual uso excesivo de la censura. El contrapeso entre ambos poderes deja de ser simétrico y se inclina hacia el Legislativo.

No puede afirmarse, por tanto, que la reforma elimine los conflictos políticos; simplemente modifica el escenario donde estos se desarrollarán. Si antes el Ejecutivo contaba con una herramienta excepcional para enfrentar bloqueos parlamentarios, ahora deberá privilegiar la negociación política y la construcción de consensos. El éxito del nuevo modelo dependerá más de la madurez democrática de los actores que del texto constitucional.

Conclusiones

La reforma constitucional de 2026 representa uno de los cambios más importantes en el sistema político peruano de las últimas décadas. Si bien fortalece el control parlamentario y reduce el riesgo de disoluciones arbitrarias del Congreso, también concentra un mayor poder en la Cámara de Diputados, dejando al Ejecutivo con menores mecanismos de defensa institucional.

El verdadero desafío será evitar que la censura ministerial se convierta en un instrumento de confrontación permanente. Si prevalece la responsabilidad política, la reforma contribuirá a la estabilidad democrática; pero, si se utiliza con fines partidarios, podría producir una constante inestabilidad gubernamental, afectando la ejecución de políticas públicas y la confianza ciudadana en las instituciones.

En definitiva, el nuevo modelo constitucional no garantiza por sí solo la gobernabilidad. El equilibrio entre control político y capacidad de gestión dependerá de la voluntad de cooperación entre los poderes del Estado y del respeto al principio de separación y equilibrio de poderes, fundamento esencial de toda democracia constitucional.

Con responsabilidad.

Rafael Antonio Aita Campodónico.
Licenciado en Administración de Empresas, desarrollándose en el sector turismo y comercial. Dirigente deportivo y miembro activo en diferentes instituciones de fomento al deporte. Vicepresidente de la Cámara de Comercio de Lambayeque 1998-2000.Congresista de la República para el período 2001 – 2006 por el distrito electoral de Lambayeque.

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