A partir del día de hoy todas las boticas y farmacias del país deberán contar obligatoriamente con los 31 medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional, en 44 presentaciones en total, aprobados por el Minsa. Las grandes farmacias y boticas deberán tener todos los medicamentos del listado, mientras que las remypes podrán seleccionar el 80% de dicha lista, dependiendo de la demanda de sus usuarios.
“Hay que aclarar que todas deben tener disponibles los 31 medicamentos genéricos de la lista del Minsa. El 80% que podrán seleccionar las remypes es sobre las 44 presentaciones establecidas», detalló el decado del Colegio Químico Farmacéutico de Lima, Javier Llamoza. Los establecimientos farmacéuticos tendrán tres meses para adecuarse a la norma y abastecerse correctamente. Sin embargo, a partir del cuarto mes (marzo 2020) comenzarán a regir multas escalonadas y diferenciadoras dependiendo del tamaño de las boticas y farmacias.
Si incumplen con la norma en la primera inspección, solo recibirán una amonestación, pero a partir de la segunda inspección, comenzarán a regir las multas monetarias. Para los establecimientos catalogados como remypes se les impondrá un multa de S/ 1.050 (0,25 UIT), S/ 2.100 (0,5 UIT) y S/ 4.200 (1 UIT) por el incumplimiento en la segunda, tercera y cuarta inspección. Por otro lado, a las grandes boticas y farmacias se les impondrá multas de S/ 4.200 (1 UIT) en la segunda inspección y S/ 8.400 (2 UIT) a partir de la tercera inspección.


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