Las relaciones entre la prensa y los gobiernos, especialmente aquellos que no guardan debidamente las formas democráticas, suelen ser tensas e incluso problemáticas. En efecto, en su informe de 2017, por citar un año, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA registró, solo en nuestro hemisferio, más de 900 incidentes por violaciones, restricciones ilegítimas o amenazas al ejercicio del derecho a la libertad de expresión, mientras que en el año 2020 se detectó el incremento en la región de “tendencias autoritarias” contra el periodismo, coincidentes con un momento crítico como el de la pandemia, cuando muchos gobiernos prefirieron más bien mantener en la sombra sus acciones para evitar tanto el control administrativo como el cuestionamiento de sus ciudadanos.
Precisamente, la falta de transparencia evidenciada durante la pandemia ha hecho más necesario que nunca contar con un periodismo plural, profesional e independiente, que no doblegue sus principios a cambio de dádivas económicas o por temor de amenazas, sea que estas provengan del gobierno de turno o de otros poderes fácticos. Esta situación, lamentablemente, no es ajena a los hombres y mujeres de prensa de América Latina y, en particular, del Perú, donde muchas veces titulares, reportajes o notas periodísticas responden más a encargos específicos hechos por el poder político o económico que a una voluntad de presentar los hechos de manera objetiva y neutral.
Sin embargo, si bien algunos medios pueden convertir su actividad en mero negocio de la información, los Estados y los gobiernos, por el contrario, tienen prohibiciones explícitas en cuanto a permitir o fomentar este tipo de prácticas. A nivel regional, por ejemplo, la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la OEA establece expresamente, en su principio 13, que “la utilización del poder del Estado y los recursos de la hacienda pública; la concesión de prebendas arancelarias; la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial y créditos oficiales; el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión, entre otros, con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atentan contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidos por la ley”.
Por su parte, la Declaración de Chapultepec,[1] suscrita por el Estado peruano en febrero de 2001, señala que la concesión o supresión de publicidad estatal no debe aplicarse, respectivamente, para premiar o castigar a medios o periodistas, siendo la opinión pública la única que premia y castiga en una sociedad libre.
Así, con objeto de evitar este tipo de abusos y manipulaciones, el año 2011 se dictó la Ley N°28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal, la cual parece no existir hoy para órganos como la Presidencia del Consejo de ministros. De acuerdo a esta norma, para la autorización de realización de publicidad estatal se deben cumplir diversos requisitos, entre ellos contar con una propuesta y justificación técnica de la selección de medios de difusión, “de acuerdo con el público objetivo y la finalidad que se quiere lograr, la cobertura, duración de la campaña, equilibrio informativo e impacto de los mismos”. En particular, señala que se deberá sustentar técnicamente “la razón por la que una determinada entidad o dependencia eligió a determinados medios de manera preferente, para no dar lugar a situaciones que privilegien injustificadamente a empresas periodísticas determinadas” (artículo 3.º, numeral c).
En este marco, el artículo 5.º de la ley prohíbe expresamente que la entidad o dependencia que adquiera los servicios de empresas privadas de publicidad o medio de comunicación social privilegie a una sola empresa, “a menos que las erogaciones que se hagan estén sustentadas por las tarifas, el prestigio, la cartera y la eficacia de las prestadoras de dichos servicios”. Finalmente, el artículo 8.º dispone, ya de modo taxativo, que los funcionarios del Gobierno Nacional, regional o local que incumplan o contravengan las obligaciones y deberes contenidos en esta ley “serán pasibles de las acciones y sanciones que recomienden los Órganos del Sistema Nacional de Control, incluyendo las disposiciones referentes a la Carrera Pública, del Procedimiento Administrativo General y demás que resulten pertinentes”.
En tal sentido, la intención, por parte de la PCM, de “castigar” a algunos medios de prensa por ejercer una postura de oposición al actual gobierno, retirándoles la publicidad estatal —lo que motivó la renuncia de la periodista Ximena Pinto—, no solo vulnera normas claras y vigentes en el país, sino también principios básicos que deben seguirse para mantener una relación de complementariedad entre prensa y democracia. De no ser así, estaríamos recayendo en experiencias autoritarias que poco favor le hacen a un gobierno cada vez más desgastado y deslegitimado a ojos de la población. Así las cosas, la PCM debería concentrarse en difundir y dar a conocer mejor la labor que vienen haciendo los distintos sectores y entidades del Estado antes que en hacer pataletas porque los medios no “hablan bien” del presidente o de algunos de sus cuestionados funcionarios. En todo caso, corresponderá a los órganos de control adoptar las medidas del caso una vez que se esclarezca el tema, como corresponde a un verdadero Estado de derecho.
[1] Declaración de Chapultepec. Véase: https://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=60&lID=2
Luis Miguel Iglesias.
Abogado, secretario general de la Contraloría General de la República. Comprometido en construir un sistema de justicia democrática, eficiente que fortalezca la convivencia social.


Excelente comentario y muy didáctico, esperando que sea de reflexión…
Excelente análisis de la actual coyuntura y una mas de incumplimiento del marco normativo por parte del gobierno.
Siempre es necesario dar oportunidad a medios de prensa que tengan diferentes puntos de vista, no es posible que siempre se quiera tener o mantener medios que han acompañando durante décadas a gobiernos de turno.