La delincuencia constantemente se incrementa hasta con crueldad con las víctimas de toda edad, sean varones o mujeres, a cualquier hora del día o noche, en las calles, carreteras, centros comerciales, de trabajo o estudio, en vehículos hasta en viviendas. En las vecindades nadie tiene seguridad, hasta niños y ancianos son agraviados por delincuentes, quienes usando armas blancas y/o de fuego o a golpes causan lesiones y hasta la muerte de sus víctimas. Existen diversas modalidades. Los delincuentes hurtan, roban, estafan, intimidan para obtener cupos, etc.; generalmente cometen los delitos en compañía y hasta tienen sus organizaciones (bandas) en diferentes modalidades. Asaltan vehículos de transporte de carga o centros comerciales o de producción para apoderarse de productos; otros se “dedican” al robo de vehículos (automóviles, camionetas, mototaxis, motocicletas y hasta bicicletas) que venden en “otros lugares” o desarman para provisionar “de repuestos” a los reducidores; el sicariato lo hacen utilizando menores de edad. Es cotidiano el hurto o robo de celulares, laptops, carteras, billeteras, mochilas del agraviado. Al delincuente no le preocupa que sea filmado y/o detenido por el serenazgo y/o policía porque tiene casi inmediatamente “el patrocinio” de abogado especializado y con experiencia en esos delitos; conoce que teniendo en cuenta el valor de lo hurtado o robado será considerado “como delito menor” y será puesto a disposición del Juez de Paz quien le concederá libertad. Si el hecho tiene mayor gravedad, sus “defensores” lo patrocinarán para que les puedan conceder libertad o detención domiciliaria; si obtienen “libertad” volverán a las calles a delinquir. Si no logran inmediata libertad, hay especialistas en demorar el trámite judicial penal con el objetivo que sobrevenga la “prescripción” que la puede resolver de oficio el juez penal especializado (primera instancia) o superior porque les conceden libertad y borran sus antecedentes penales. Hay mucho más que comentar.
Es sorprendente, insólito y agraviante que a los delincuentes que hurtan, roban y apoderan de bienes de sus víctimas – con armas blancas o de fuego, lesionando y hasta matando–, sea durante el tiempo del juzgamiento en el Poder Judicial o si son sentenciados (con sentencia firme y/o ejecutoriada), si son encarcelados, son sostenidos (mantenidos) gratuitamente por el Estado en prisiones. Les “dan” gratis casa, comida y aun servicios médicos. Vale decir se les mantiene con fondos “del erario nacional”, es decir con los impuestos que obligatoriamente pagan las personas naturales y jurídicas. Lamentablemente, legalmente, ni siquiera obligan al delincuente que devuelva a sus víctimas lo hurtado, robado o estafado y/o que indemnicen al agraviado si lo lesionan o asesinan. ¿Eso es justicia?
Es inaudito, los Poderes Ejecutivo y Legislativo no promulgan normas legales efectivas y de cumplimiento obligatorio estableciendo que todo detenido en las “respectivas” prisiones, obligatoriamente debe trabajar para obtener medios económicos para pagar su sustento personal –y familiar, si es el caso–. Ningún detenido debe recibir gratuitamente alimentos.
Como las autoridades alegan que los actuales centros de reclusión están “saturados”, el Estado debe “edificar” nuevos, pero toda prisión obligatoriamente debe ser un centro de producción de bienes para venderlos en los mercados nacionales y aun para la exportación. En las cárceles deben edificarse talleres y/o fábricas para alquilarlos a empresas de la actividad privada para que elaboren bienes necesarios en los mercados. Las nuevas prisiones pueden autofinanciarse y construirse en muy breve tiempo y deben tener las seguridades necesarias para evitar “fugas”. En cada prisión puede haber ambientes para producir distintas mercaderías según interés de los empresarios, los que deben aceptar las condiciones de alquiler de los centros de producción que se establezca.
La mano de obra sin excepción estará a cargo de los detenidos que pueden estar regidos en su prestación de trabajo dependiente y subordinado a las normas laborales normales. Su jornada diaria y semanal de labor debe estar controlada y registrada.
Las sentencias condenatorias disponiendo privación de libertad, bajo responsabilidad personal de los jueces, deben resolver que esa privación debe ejecutarse con la obligatoriedad que el condenado labore para que pague su subsistencia.
El Ejecutivo y Legislativo deben establecerse de inmediato. Los que delinquen sólo con el trabajo se resocializan. Las víctimas de los delincuentes no deben sostenerlos.
José Roberto Rendón Vásquez. Más de 40 años desempeñándose como profesor de derecho laboral de la Universidad de San Marcos, fue segundo vicepresidente de la Comisión Reorganizadora de la Universidad de San Marco de 1995 al 2000. Tiene el grado de doctor en derecho por la Universidad de San Marcos, además se ha desempeñado como vocal en la Corte Superior de Lima y fue asesor del directorio de Shougan Hierro-Perú, además ha seguido cursos de especialización en la Universidad Carolina de Praga (República Checa).


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