Columnas Rafael Antonio Aita Campodónico

En defensa de la verdadera democracia

La Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas del Perú, establece las normativas que rigen a los partidos políticos en el país, incluyendo los requisitos y procedimientos para su registro, funcionamiento y también las causas de su cancelación o disolución. En relación a la descalificación o expulsión de un partido político del Registro de Organizaciones Políticas, existen ciertas faltas graves que pueden motivar su cancelación, las cuales se desarrollan en esta normativa.

Las principales causales que podrían llevar al Poder Judicial a ordenar la cancelación de la inscripción de un partido político son:

  1. Vulneración de los principios democráticos

Un partido político puede ser cancelado si se demuestra que sus acciones o ideología son contrarias a los principios democráticos establecidos en la Constitución Política del Perú. Esto incluye cualquier promoción o práctica de violencia, racismo, discriminación o actos contrarios al Estado de Derecho.

  1. Financiamiento ilícito

Si un partido político recibe financiamiento de fuentes ilícitas, tales como organizaciones criminales o fondos no declarados, puede ser objeto de cancelación. El origen de los fondos que financian la actividad política debe ser transparente y estar en conformidad con las leyes de financiamiento de partidos.

  1. Uso de recursos públicos

Está prohibido que los partidos políticos utilicen recursos del Estado para fines partidarios. Si se prueba que un partido ha usado de manera indebida recursos públicos, esta es una causal de sanción grave que puede llevar a su cancelación.

  1. Falta de rendición de cuentas

Los partidos políticos tienen la obligación de rendir cuentas de sus ingresos y gastos de manera periódica ante las autoridades electorales. Si un partido político no cumple con esta obligación de manera reiterada o si se detectan irregularidades graves, esto puede conllevar su descalificación.

  1. Promoción de violencia o terrorismo

Cualquier vínculo o promoción de actos de violencia, terrorismo o actividades delictivas puede ser causal de expulsión del registro. El sistema legal peruano es muy estricto en cuanto a la vinculación de partidos políticos con actividades subversivas o criminales.

  1. Infracción de las normas sobre democracia interna

Los partidos políticos están obligados a cumplir con principios de democracia interna en la elección de sus candidatos y en la toma de decisiones. Si un partido incumple de manera grave o sistemática con estas normas, su inscripción puede ser cancelada. Esto incluye el no respetar los procedimientos internos de elecciones y la manipulación de los mecanismos de participación interna.

7. Procedimiento de cancelación

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) es la entidad encargada de fiscalizar el cumplimiento de las normas por parte de los partidos políticos. Sin embargo, es el Poder Judicial quien podría intervenir en casos graves para ordenar la cancelación de un partido cuando se constate una infracción judicialmente sancionable. La autoridad judicial debe contar con pruebas contundentes para adoptar una decisión de esta magnitud.

En resumen, la Ley N° 28094 establece una serie de faltas graves, como el financiamiento ilícito, la vulneración de principios democráticos, y la falta de rendición de cuentas, entre otros, que pueden llevar a la descalificación de un partido político en el Perú y su expulsión del registro de organizaciones políticas.
Tenemos las reglas y es de obligatorio cumplimiento, pero con el debido proceso y corroboración, con responsabilidad, Rafael Aita Campodónico.

Rafael Antonio Aita Campodónico.
Licenciado en Administración de Empresas, desarrollándose en el sector turismo y comercial. Dirigente deportivo y miembro activo en diferentes instituciones de fomento al deporte. Vicepresidente de la Cámara de Comercio de Lambayeque 1998-2000.Congresista de la República para el período 2001 – 2006 por el distrito electoral de Lambayeque

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