Columnas José Roberto Rendón

Problemas laborales

El empresario (sea con inversiones mínimas, pequeñas, medianas o grandes) procura que su negocio le rinda utilidades mediante la producción de bienes y/o servicios para los mercados. Obviamente presupuestan sus gastos (instalaciones, materiales que requiere su negocio, servicios eléctricos, agua, etc.) y el costo de la mano de obra y también el porcentaje que desea ganar; todo esto le permitirá establecer el precio de la venta a sus clientes. Es cuidadoso en presupuestar sus egresos e ingresos. Finalmente, calcula sus ganancias. Sigue adelante en su negocio.

Por su parte el trabajador igualmente tiene sus aspiraciones económicas como consecuencia de sus necesidades personales y familiares. Desea obtener buenas remuneraciones.

Ambas partes, empleador y trabajador tienen sus propias necesidades y aspiraciones. El primero busca “ganancias” excelentes y el servidor: remuneraciones que satisfagan sus necesidades y margen para progresar. Patrono y trabajador dependen de la excelencia del negocio y la satisfacción de los clientes: desean cada vez más compradores. Si los bienes y servicios que se venden en la empresa no son óptimos (y/o tienen deficiencias) no compraran, por ende, dueño del negocio y sus trabajadores deben esmerarse para que los productos sean excelentes y con precios racionales teniendo en cuenta lo que vende la competencia. A más clientes, la empresa crecerá y sus trabajadores tendrán trabajo estable. ¡Es importante la compresión entre trabajador y dueño!

Es constante que en empresas no hay compresión. El dueño desea ganar cada vez más y no repara en la preocupación de sus servidores; les exige sin reparar que también tienen otras necesidades. Hay distanciamiento. Los asalariados terminan por organizarse y solicitar al empleador aumentos remunerativos y mejores condiciones de trabajo. ¡Comienza la actividad sindical!

Los trabajadores aprenden a utilizar los derechos establecidos en la Constitución y en el TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (Decreto Supremo 010-2003-TR) y el Decreto Supremo 006-2021-TR, Reglamento de Negociación Colectiva y Condiciones Mínimas de Trabajo. Así sindicalmente presenta al empleador un pliego de reclamos solicitando un aumento remuneratorio y condiciones de trabajo. Se inicia la negociación colectiva de trabajo y “lamentablemente” –en lugar de comprenderse– hacen de este proceso un lugar de contradicciones. Cada uno actúa con sus abogados”. Generalmente el patrono alega que “no hay medios suficientes para aumentar las remuneraciones” y los servidores se aferran a exigir un aumento. Si logran ponerse de acuerdo, firmarán un convenio colectivo de trabajo y si no proseguirán la negociación ante la Autoridad de Trabajo competente: Aquí pueden llegar a un acuerdo y suscriben el convenio; pero si fracasa esa etapa, la Autoridad de Trabajo expedirá la resolución atendiendo lo que considera es un aumento racional de remuneraciones y de condiciones de trabajo. Si no aceptan la “Resolución” apelan ante la Instancia Superior que expide la Resolución definitiva dando por finalizada la negociación colectiva de trabajo. Si bien esto soluciona el Pliego sindical, sordamente aparecen las contracciones entre patrono y trabajadores. ¿Esto es positivo?

Me permito exponer una experiencia (no cito nombres por razones obvias). Como letrado comencé a asesorar a una empresa avícola integrada por 20 granjas y una oficina central. Tenía numerosos trabajadores. Comencé por observar su organización y la función de cada granja y sección. Cada año con los representantes de los trabajadores negociaban el aumento salarial y las condiciones de trabajo. Propuse a los dueños que en lugar de esperar pliegos “de reclamos”, en los meses de octubre y/o noviembre cuando estudiaban el presupuesto para el año próximo, sabiendo que les “pedirían” aumentos, los establezcan en el Directorio con anticipación al aprobar el presupuesto. La cosa era simple porque en conjunto los trabajadores conocían todo: cuanto producían anualmente y sus costos, cuánto sería la venta en los mercados, cuanto se depositaba diariamente en las cuentas bancarias como ingresos por las ventas, cuanto era el presupuesto de las remuneraciones y cancelación de otros servicios, etc. y finalmente en el área de contabilidad y economía calculaban cual sería la utilidad para la empresa. Por tanto, los trabajadores en conjunto conocían el movimiento económico de la empresa. Por ende, los dueños, como sabían que les presentaran pliego para aumentos salariales, al aprobar en el presupuesto determinaban también el aumento de las remuneraciones y lo informaban a todos los servidores. Estos sabían los movimientos económicos de la empresa, por ende ¿Por qué esperar la presentación de pedidos? Los empresarios aceptaron la propuesta y en el primer año, al terminar la aprobación presupuestal, llamaron a todos los trabajadores y les indicaron que a partir de enero tendrían “tanto” de aumento”. Todos –sin distingos– se alegraron por el aumento. Total, ya no se presentaron más pliegos de reclamos. Se aprobó en condiciones de trabajo que la empresa brinde el almuerzo para todos, sin excepción, y en el comedor almorzaban juntos los dueños y los trabajadores.

José Roberto Rendón Vásquez
Más de 40 años desempeñándose como profesor de derecho laboral de la Universidad de San Marcos, fue segundo vicepresidente de la Comisión Reorganizadora de la Universidad de San Marco de 1995 al 2000. Tiene el grado de doctor en derecho por la Universidad de San Marcos, además se ha desempeñado como vocal en la Corte Superior de Lima y fue asesor del directorio de Shougan Hierro-Perú, además ha seguido cursos de especialización en la Universidad Carolina de Praga (República Checa).

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