El control parlamentario es legítimo cuando busca esclarecer hechos, exigir responsabilidades y mejorar las decisiones públicas. Se convierte en obstrucción cuando, sin evidencia suficiente ni una finalidad institucional verificable, se utiliza de manera sistemática para paralizar la gestión, provocar crisis ministeriales o impedir que el Ejecutivo cumpla sus funciones. Esta distinción debe orientar el nuevo ciclo político peruano, marcado por el inicio del gobierno de Keiko Fujimori y el retorno de la bicameralidad para el periodo 2026-2031.
Las democracias no necesitan un golpe de Estado para deteriorarse. También pueden debilitarse mediante procedimientos constitucionales empleados con una finalidad ajena a su propósito. La interpelación, la censura, las comisiones investigadoras y la revisión de facultades legislativas son instrumentos necesarios en un régimen de controles. Sin embargo, cuando se acumulan sin objetivos definidos, se basan en acusaciones no acreditadas o se activan como respuesta automática a cada desacuerdo, dejan de fortalecer la rendición de cuentas y comienzan a bloquear la gobernabilidad.
El nuevo Congreso está compuesto por 60 senadores y 130 diputados. En la Cámara de Diputados, Fuerza Popular cuenta con 41 escaños; Juntos por el Perú, 32; Partido del Buen Gobierno, 18; Renovación Popular, 15; Partido Cívico Obras, 14; y Ahora Nación, 10. Ninguna organización posee mayoría absoluta. Por ello, la negociación interpartidaria no es una concesión política, sino una condición indispensable para aprobar leyes, fiscalizar con eficacia y sostener políticas públicas.
El control parlamentario ya ocupa un lugar central en la agenda política. La intensidad de las iniciativas promovidas durante las primeras semanas del gobierno ha generado preocupación sobre el riesgo de que la fiscalización se convierta en una estrategia de desgaste. El dato no prueba, por sí solo, una conducta obstruccionista: fiscalizar es una atribución constitucional. La pregunta relevante es si esas acciones persiguen información, corrección institucional y protección del interés público, o si forman parte de una dinámica destinada a debilitar al Gobierno antes de evaluar sus resultados.
La censura tampoco debe convertirse en una consecuencia automática de la fiscalización. Para ser legítima, debe sustentarse en responsabilidades políticas verificables, no simplemente en discrepancias ideológicas o en la conveniencia coyuntural de una bancada. De lo contrario, la inestabilidad ministerial sustituye a la evaluación de resultados, se debilita la continuidad administrativa y el Congreso termina condicionando la gestión cotidiana del Estado.
El segundo frente es la solicitud del Ejecutivo para recibir facultades legislativas durante 120 días. El Gobierno sostiene que necesita herramientas para enfrentar la inseguridad, el fenómeno El Niño, la modernización estatal y diversos asuntos económicos. El Congreso tiene el deber de revisar esas materias, delimitar su alcance y establecer mecanismos de control. Aprobar o rechazar la solicitud en bloque, sin examinar cada competencia, sería igualmente irresponsable.
La bicameralidad puede mejorar la deliberación, elevar la calidad de las leyes y distribuir mejor las responsabilidades institucionales. Pero también puede multiplicar los puntos de conflicto si sus órganos entienden la política como una guerra de posiciones. El Senado y la Cámara de Diputados deben utilizar sus competencias para producir mejores decisiones, no para convertir la confrontación en una forma permanente de gobierno.
La regla básica debería ser clara: el control es legítimo cuando cuenta con evidencia, propósito definido, proporcionalidad y una relación demostrable con el interés público. Se vuelve obstrucción cuando se emplea reiteradamente para impedir la gestión, provocar inestabilidad o negar al Ejecutivo cualquier margen razonable de acción. La diferencia no depende de quién fiscaliza ni de quién es fiscalizado, sino de la calidad de los argumentos, la consistencia de los procedimientos y los resultados que se buscan.
Controlar no significa impedir gobernar, y gobernar no significa ignorar al Parlamento. Ambos poderes tienen límites constitucionales y responsabilidades que no pueden ser reemplazados por la lógica de la confrontación permanente. El Congreso debe fiscalizar con rigor, pero también con prudencia; el Ejecutivo debe defender su programa, pero aceptar la crítica, rendir cuentas y corregir cuando corresponda.
La bicameralidad será una oportunidad institucional solo si contribuye a transformar el conflicto en deliberación y la discrepancia en mejores políticas públicas. Si el control se convierte en bloqueo sistemático, la legalidad podrá mantenerse intacta en apariencia, pero perderá su finalidad democrática. En cambio, si el Parlamento controla para corregir y el Ejecutivo gobierna aceptando límites, el Perú podrá demostrar que la estabilidad no nace de la ausencia de conflictos, sino de la capacidad de procesarlos sin paralizar al Estado. Esa es la verdadera prueba del nuevo ciclo p
Jorge Orlando Céliz Kuong
General de División en retiro, ex Comandante General del Ejército del Perú, especialista en Seguridad y Defensa con formación en Harvard y experiencia internacional en EE.UU. y la ONU.


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