Si existe un magistrado que carece del mínimo respeto por las libertades individuales, indistintamente del personaje que caiga en sus manos, ese es Richard Concepción Carhuancho; endiosado por muchos y criticado por otros tantos, el titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior de Nacional de Justicia Penal Especializada desde 2015, registra en su haber una larga lista de enmendaduras de plana de salas de apelación superiores y hasta del Tribunal Constitucional en distintos períodos, por su reiterativa a adoptar posiciones fiscales priorizando la gravedad del delito y no el peligro procesal del investigado mandándolo a prisión 36 meses aun cuando tenga arraigo domiciliario o arraigo laboral.
El tremendo juez ha protagonizado la semana que pasó otro capítulo más en su larga lista de resoluciones que, probablemente, serán revocadas en otras instancias y ha ensayado una nueva modalidad, la del control difuso, resolviendo no aplicar la nueva ley de organización criminal que elevó los estándares para la calificación; así, durante casi 4 meses ha analizado si los investigados ameritan afrontar sus investigaciones en libertad y ha dictado 36 meses de prisión a Nicanor Boluarte, su abogado Mateo Castañeda y otros investigados, implicados en tráfico de influencias por el presunto nombramiento dirigido de prefectos y subprefectos a nivel nacional, pero, tratándose de un delito penado entre 4 y 6 años al parecer no era conveniente aplicar para “canear” a sus nuevas víctimas. No está en discusión si el caso “Los Waykis en la sombra” tiene indicios graves y fundados elementos por investigar, lo discutible es si los involucrados revisten peligro procesal suficiente que impida afronten sus procesos en libertad como es en la mayoría de democracias del mundo; esta justicia temporal distorsiona la realidad y genera la sensación que estamos luchando contra la impunidad pero en la práctica sólo es un espejismo que a la larga termina con los investigados liberados, sin acusación fiscal, con la posibilidad que se les inicie juicio en los 4 o 5 años posteriores y reciban sentencias absolutorias o condenatorias en 2 o 3 años.
Algunas de las víctimas de las resoluciones copy paste del juez Concepción Carhuancho, corregidas luego por salas superiores, la Corte Suprema o el TC, han sido el ex presidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia que en julio de 2017 fueron enviados 18 meses a prisión, decisión revocada por el Tribunal Constitucional en abril 2018; en esa oportunidad, el máximo intérprete de la Constitución estableció que la prisión preventiva en el país es una “figura excepcional y que la valoración de la prueba debe ser objetiva, verídica y no sustentada en otros indicios”. Sin embargo, no contento con la enmendadura de plana mayúscula, en octubre de 2018 dictó a Keiko Fujimori prisión preliminar por 10 días, si bien la medida fue revocada por una Sala Superior, días después el “tremendo juez” se allanó a un pedido del Ministerio Público disponiendo su internamiento por 36 meses; en noviembre de 2019, el TC revocó la resolución, ocasión en la que dispuso expresamente que el juez Concepción “ciña su accionar a un escrupuloso respeto de los derechos fundamentales de los procesados” y “una tramitación constitucionalizada y convencionalizada de los requerimientos de prisión preventiva y otras medidas cautelares que le formule el Ministerio Público”.
Reincidente y sin propósito de enmienda, durante una clase para el instituto técnico UDEAPOLIS, el personaje en cuestión no tuvo reparo alguno el 15 de agosto pasado en adelantar opinión calificando a los investigados del caso “Los Waykis en la sombra”, como organización criminal pese a que ya era el juez a cargo del pedido de prisión preventiva desde una semana antes, por ello no se entiende por qué desarrolló más de 60 audiencias para dictaminar si procedía o no el pedido fiscal si a priori ya había decidido ordenar su internamiento. Los indicios de su paso en la administración de justicia indican que en la práctica es un fiscal que administra justicia con disfraz de juez, valora los elementos de sustento del Ministerio Público pero evita valorar los presentados por las defensas técnicas de los investigados, algo inaceptable cuando se trata de administrar justicia, así, el tremendo juez de la tremenda corte sigue sentado en su puesto sin que le pase nada y uno se pregunta por qué el organismo encargado de calificar a jueces y fiscales no ha hecho lo que funcionalmente le corresponde y lo ha amonestado ante sus inconductas.
La justicia en Perú suele ser injusta y, aunque algunas veces resulte abusiva, como ciudadanos tenemos el deber de someternos a ella, apelar a otras instancias o hacer uso de los recursos que la ley nos permite; por ello, independientemente de estar en desacuerdo con la valoración del juez a cargo del proceso Nicanor Boluarte y otros co investigados, bajo ningún concepto se justifica que el hermanísimo presidencial se haya sustraído a la justicia y a través de sus abogados pretenda convencer al país que “no es prófugo, sólo se ha puesto a buen recaudo”, una postura inaceptable que políticamente perjudicial a quién ostenta la máxima magistratura de la Nación; sólo por esa decisión amerita esta vez sí que afronte su investigación en un penal.
Es antitécnico que un juez se aboque por más de 400 horas para dilucidar una prisión preventiva, en el caso de Boluarte lo único que ha logrado don Concepción Carhuancho es concederle 4 largos meses para que planifique su fuga. La justicia al revés.
Cecilia Palacios C.
Cecilia Palacios es Bachiller en Ciencias de la Comunicación de la Universidad de Lima, trabajó en prensa televisiva privada durante la época del terrorismo, posteriormente se dedicó a actividades privadas.


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