Cuando Francis Bacon, en 1620, escribió el Novum Organum, una respuesta al Organum Aristotélico, hizo aparecer por primera vez el término euthanasia. Con este concepto, Bacon pensaba en una muerte apacible, aliviada de los dolores y tormentos de la agonía.

Desde ahí, la palabra euthanasia se ha usado para designar una muerte anticipada con la misma finalidad, a la que se le denomina equívocamente muerte digna.  Bacon en ningún momento del Novum Organum alude a qué tipo de muerte se está refiriendo.

Con el avance de la ciencia y la biotecnología, los cuidados que se ofrecen para paliar el dolor son cada vez más efectivos. Se trata de proporcionarle al paciente calidad de vida y no pensar necesariamente en muertes anticipadas en cualquiera de sus formas, llámese suicidio asistido u homicidio consentido. La muerte, no devuelve la dignidad a la persona puesto que acaba totalmente con ella.  ¿Cómo, entonces, podemos pensar en una dignidad en medio del sufrimiento?  El sufrimiento se define como la vivencia subjetiva del dolor. El dolor se produce por la estimulación de cualquier canal sensorial que llega al sistema nervioso, específicamente, al cerebro.  Las personas sufren porque el dolor se le manifiesta dentro de un contexto humano que puede aumentarlo aún más. David Morris dice en su obra La cultura del dolor (1994), que el sufrimiento adquiere un especial significado para quién lo padece. Por otro lado, la científica argentina Miguelina Guirao recalca en su libro Los sentidos, bases de la percepción (1981), que no se puede estudiar el fenómeno del dolor sin tener en cuenta sus componentes afectivos. Esto nos lleva por el camino, que el dolor humano se traduce en sufrimiento y que por lo tanto, antes de anticiparse con respecto a él, se torna necesario estudiar las circunstancias de quiénes padecen el fenómeno doloroso. 

Tampoco se trata de mantener al paciente continuamente sedado, sino recurrir a la sedación cuando éste o la familia lo decidan, y, el enfermo haya dejado arreglados sus pendientes. Hay que tener en cuenta que el suministro de algunos fármacos, incluída la morfina y la crotoxina; sobre todo esta última generó toda una controversia en Argentina en pacientes oncológicos, por la posibilidad de que como se trata de individuos en el último grado de un cáncer agresivo, podría adelantar la muerte. Esto solo se sostiene éticamente en pacientes con cáncer en estadios muy avanzados y con fuerte dolor, pudiéndo adelantar el deceso, el que se acepta como doble efecto, ya que lo que se busca es generar el bienestar del enfermo y de ninguna manera, directamente, su muerte.  

El verdadero contexto de la muerte digna es tomar en cuenta las dimensiones de la persona, siendo el sufrimiento, una de ellas.  Los cuidados paliativos ofrecen una alternativa humana y verdaderamente digna para enfrentar estos casos.  A este contexto también se le llama calidad de vida, la que se aplica en las situaciones en las que ya nada más se puede hacer.  La calidad de vida incluye preferentemente la muerte en casa, evitando así, la muerte medicalizada, como diría Phillipe Aries en su obra El hombre ante la muerte (1977), en la que especifica ese tipo de final como el que transcurre en el Hospital, lejos de un ambiente cálido y propicio para abandonar la vida.

Quizá el ideal de Bacon fue este, una muerte aliviada y no una muerte anticipada. La buena muerte o euthanasia puede tener esta significación. Lamentablemente, en el debate público actual se usa euthanasia como muerte anticipada, haciéndola equivaler a muerte digna, lo cual no deja de ser un eufemismo.  Pero ya que se le está dando este significado, hay que humanizarlo todo posible, incluyendo la muerte terminal y agónica y la calidad de vida hasta el final de la existencia. La verdadera muerte digna debe ser supervisada por un médico, quien irá tratando al paciente sufriente con cuidados paliativos, según sea su caso, hasta el acontecimiento final de la vida.  

Aceptar la muerte anticipada, es darse por vencido con respecto a todo lo que se pueda hacer por las personas en estas circunstancias. Constituye el verdadero fracaso médico y humano ante semejantes situaciones. Un fracaso no solo médico sino también social y jurídico.  Las leyes, sobre todo los verdaderos Derechos Humanos deben proteger la vida hasta su final natural, y no propiciar muertes anticipadas que por pendiente resbaladiza  terminan aceptando casos en los que el individuo padece solo un trastorno depresivo mayor que no se inicia bajo ningún padecimiento clínico específico del cuerpo. Si bien la depresión también es un trastorno somático pero de la psique, ella puede tratarse con el auxilio de la psiquiatría y la psicología, las cuales sabrán orientar tanto farmacológica como psicoterapéuticamente los casos presentados.

Si nos consideramos personas que atienden personas, no olvidemos que las dimensiones de las personas incluyen el sufrimiento como parte de la condición humana y hay que aprender a tomarlo en cuenta en todos los aspectos de la vida, descubriendo formas de paliarlo y de incluirlo como parte de la contingencia del hombre.

Miryam Patricia Falla Guirao
Licenciada en Filosofía por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Doctora en Filosofía por la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA). Exbecaria de Investigación del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) de la República Argentina en el área de Ética y Bioética. Docente Universitaria en pre y post-grado. Conferencista en universidades, colegios profesionales e instituciones jurídicas y de salud.

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