Hará algunos días, María Isabel León Klemke, ex presidenta de la CONFIEP (2019 -2021), tuvo la gentileza de obsequiarme dedicado la edición de un libro de su autoría, con el título de la presente columna, que reúne a muchos de sus artículos aparecidos en el diario Correo sobre los temas más diversos de interés público. La impecable edición auspiciada por la Universidad Continental de Huancayo, Junín, (junio 2024) hace justicia al contenido de sus muy interesantes opiniones respecto de múltiples materias, que de una u otra forma conciernen al Perú, cuya autora abordó con objetividad y acierto para ilustración de sus numerosos lectores.
Entre los artículos comentados hubo uno que me llamó poderosamente la atención, en el cual se refería al fenecido, al menos así lo espero, Acuerdo de Escazú, que pretendía entre otras cosas, someter la soberanía del Perú al criterio de ONG´ s ambientalistas ubicadas más allá de nuestras fronteras, sobre las actividades económicas que nuestro país puede o no llevar cabo, según el criterio de esas organizaciones que nos vigilan desde afuera como una manera de trazar nuestro destino conforme a su voluntad. María Isabel León, por cierto, opinó en contra de la ratificación de ese acuerdo.
Recalco que me llamó la atención porque en esa misma época, si bien con fraseología y redacción distinta, el suscrito llegó a la misma conclusión de María Isabel León (CORREO 27/9/2022), en el sentido de que la República del Peru no debe quedar sometida al criterio de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para América Latina el Caribe, mejor conocida como la CEPAL, en asuntos que conciernen fundamentalmente al criterio de cada Estado soberano.
En aquel momento, casi en la misma fecha del artículo María Isabel León, expresé en una columna publicada en Voz Populi Empresarial que: “en el Perú los sectores productivos legales están sujetos a una normatividad que señala con gran amplitud reglamentaria las autorizaciones que deben obtener del Estado para poder funcionar. Eso va desde la consulta previa a las comunidades nativas u originarias hasta la consulta previa de participación ciudadana….Las activades formales no pueden escaparse de la fiscalización transversal por el Ministerio del Ambiente o la sectorial por el ministerio correspondiente. Para las actividades de mayor envergadura tenemos los Estudios de Impacto Ambiental detallados, Las actividades de la gran y de la mediana minería lo requieren obligatoriamente”.
María Isabel León Klemke no es abogada, ella ha seguido una exitosa carrera empresarial en el sector educativo, premunida de una licenciatura en educación de la Universidad Peruana Cayetano Heredia y de una maestría en gestión social de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Sin embargo, y esto es algo que merece ser resaltado, ella actúa y se expresa con un acertado criterio jurídico que definitivamente es y puede ser la envidia de muchos colegas de mi profesión en el ámbito del derecho y de las leyes. Bien por ella.
Martín Belaunde Moreyra.
Bachiller en Derecho y Abogado por la PUCP y Magíster en Derecho Civil y Comercial por la USMP. Abogado en ejercicio especializado en Derecho Minero e Hidrocarburos. Autor del libro “Derecho Minero y Concesión”. Ha sido Vice Decano, y Decano del Colegio de Abogados de Lima, y Presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú y en el ámbito público: Embajador del Perú en Argentina y Congresista de la República del Perú en el período 2011-2016.


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